Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
Debemos tener en cuenta que no todos los familiares del ciudadano comunitario cuentan con este derecho a residir en España. Podrán, por lo tanto, solicitar este permiso de residencia, las personas que tengan los siguientes vínculos familiares:
En el caso de que el ciudadano europeo sea estudiante y no trabajador, podrá reagrupar en el régimen comunitario a todos los anteriores familiares con la excepción de los ascendientes.
Si el familiar está en España, se deberá presentar en la oficina de extranjería correspondiente al domicilio del ciudadano europeo y en caso de que el familiar necesite visado para viajar a España el trámite se realizará en el Consulado español de su lugar de residencia.
Para más información consulte con nosotros en info@gomez-partbers.com
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